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abril 22, 2021

Conozca la ruta de atención para las mujeres víctimas de violencia


Ante los recientes hechos de violencia contra la mujer y el aumento en las denuncias, diferentes entidades recordaron la importancia de conocer las rutas de atención para garantizar sus derechos y un trato digno.

La muerte de una joven madre de dos niños a manos de su expareja  sentimental en la capital tolimense, una vez más puso sobre la mesa la crítica situación de violencia a la que está expuesta la mujer, por lo mismo los entes públicos y defensoría de derechos de la mujer recalcaron la importancia de conocer los canales de atención para quienes estén en condiciones vulnerables y puedan recibir atención oportuna antes de que sea tarde.

En Ibagué desde el 2017, bajo los lineamientos de la ley 1257 de 2008, existe una ruta de atención para las mujeres víctimas de todo tipo de violencia, misma que el año pasado fue actualizada y que establece toda una serie de parámetros y entidades a donde se debe acudir, no sólo para denunciar, sino para recibir apoyo emocional y legal.  

UNIDAS

Es que según cifras del observatorio de mujeres de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, entre marzo y mayo del 2020 se recepcionaron más de 8 mil llamadas a la línea 155 de atención de mujeres, más de la mitad denunciando hechos de violencia intrafamiliar, de este número un 2,4% obedece a las llamadas hechas en el Tolima. 

Conozca cómo está definida la ruta de atención de la mujer a dónde acudir y los canales de atención telefónica.

1. Identifque el tipo de violencia 

Según el artículo Tres de la ley 1257 de 2008, existen diferentes conceptos para establecer el daño o tipo de violencia que se ejerce contra la mujer; daño psicológico, cuando por medio de amenazas, manipulación, intimidación u otro tipo de conductas se controla y degrada comportamiento, creencias o decisiones; daño físico, que es cuando existe riesgo en la integridad corporal; daño o sufrimiento sexual, cuando se obliga a una persona a tener un contacto sexualizado y se limite la voluntad personal y el daño patrimonial, que es cuando se limitan los derechos económicos que satisfacen necesidades o se retienen objetos, instrumentos de trabajo o documentos.

2. La denuncia 

Para denunciar los hechos de violencia las mujeres pueden acudir a las cuatro comisarías de familia dispuestas, en Ibagué hay 4; la comisaría Primera ubicada en el barrio Kennedy, en la carrera Octava sur #1-25B, la comisaría Segunda en la Casa de Justicia del barrio Simón Bolívar, la comisaría Tercera ubicada en las instalaciones de la Fiscalía en sector de la zona industrial El Papayo y la comisaría Permanente, ubicada en el CAM de La Pola, que trabaja en cuatro turnos las 24 horas del día. 

MALTRATO

3. Atención y orientación

La ley también estipula que las mujeres víctimas de violencia tengan derecho a recibir orientación, asesoramiento jurídico y asistencia técnica legal especializada y gratuita, desde el momento en que el hecho es de conocimiento para las autoridades.

MUJER

Para recibir tal atención las mujeres vulnerables pueden acudir a hospitales, clínicas, unidades de salud intermedias y centros de salud públicos y privados, quienes están en la obligación de atenderlas y remitir la denuncia a los entes correspondientes.

Asimismo, pueden acudir a las oficinas de la Personería en el barrio Metaima, a la Defensoría del Pueblo y si la situación vincula niños, niñas y adolescentes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf). 

La Secretaría de Desarrollo Social Comunitario también debe brindar de ser necesario un refugio temporal, así como estrategias para la promoción de vinculación laboral. 

4. Emisión y ejecución de medidas

Serán las comisarías de familia las encargadas de emitir medidas de protección a la mujer cuando lo consideren necesario, allí se puede disponer la necesidad de brindar refugios, hacer desalojos para permitir el acceso de la mujer a su vivienda sin la presencia del agresor, protección especial o una valoración especial de riesgo para determinar las medidas a aplicar, quién debe hacer cumplir o ejecutar lo dispuesto es la Policía Nacional.  

5. Atención en salud 

En materia de salud quienes sean víctimas de violencia tienen derecho a recibir atención médica frente a los cuatro tipos de violencia estipulados, esto teniendo en cuenta que la violencia sexual es catalogada como urgencia médica. 

Pueden también solicitar la realización de exámenes para determinar enfermedades de transmisión sexual, pruebas de embarazo, el uso de anticonceptivos de emergencia e incluso la interrupción de un embarazo, según lo estipula la ley. 

Por ello son las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (Eapb), quienes prestarán las medidas de protección, dentro de estas entidades aparecen las EPS.

Otras organizaciones 

En Ibagué existen también organizaciones y ONGs que brindan servicios de atención a la mujer, una de esas entidades es la Red de Mujeres del Tolima, su línea de atención es 3172470278 – 3156158917. 

Líneas de atención:

-155 Línea de atención nacional

-122 Fiscalía General de la Nación

-123 Línea Naranja #YoTeEscucho

-3122706494 Línea de la Dirección de Mujer

-3143131803 Secretaría de Mujer del Tolima

-3143750265 – 3143750265 Personería de Ibagué 

-3203122662 – 3174008606 Patrulla en Casa de la Policía Nacional. 

Si ya se han hecho varias denuncias de agresión a la mujer en los entes correspondientes, las víctimas pueden acudir a los entes como la Personería y Procuraduría para que se haga un control de la situación. 

Guarde en su teléfono el número de emergencia con marcación rápida.

Las autoridades recomiendan evitar situaciones en la que se pueda estar a solas con el agresor, de ser posible se pide estar la mayor parte del tiempo acompañada. 

DATO

Es de resaltar que pese a que existen múltiples canales para interponer denuncias, diferentes organizaciones califican la atención de mujeres vulnerables como escasa teniendo en cuenta las diferentes acciones que vulneran sus derechos. Redacción Ibagué

FUENTE: http://www.elnuevodia.com.co/


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