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agosto 5, 2019

La perspectiva de género, el camino hacia una Justicia libre de estereotipos


  • Actualmente tenemos un derecho que tiene género, y no es el femenino”, subraya la jueza Glòria Poyatos
  • La formación en género puede ayudar a los operadores jurídicos a detectar y franquear los prejuicios

Los estereotipos son inmunes a las leyes, pero quienes juzgan “no son inmunes” a los estereotipos. Esa realidad se convierte a veces en una nueva forma de discriminación hacia la mujer que puede combatirse con formación en perspectiva de género, una herramienta que ayudaría a los operadores jurídicos a “detectar y franquear” los prejuicios en la impartición de justicia y huir del “excesivo cuestionamiento” a las víctimas de violencia machista.

Así lo defienden magistradas, abogadas o académicas en una entrevista con RTVE.es en la que explican por qué es necesario introducir la perspectiva de género en el poder judicial como vía hacia la ansiada igualdad efectiva. 

“Actualmente tenemos un derecho que tiene género, y no es el femenino. Hay que rehacer el derecho para que satisfaga también las necesidades, aspiraciones y preocupaciones de las mujeres en la misma medida que satisface las aspiraciones, las necesidades y las preocupaciones de los hombres”, subraya la presidenta de la Asociación Española de Mujeres Juezas, Glòria Poyatos.

La estereotipación de género institucional

Esta magistrada del Tribunal de Justicia de Canarias, una de las muchas voces que reclaman la introducción de la perspectiva de género en la justicia española, alude a una frase de la jurista estadounidense Catharine MacKinnon para reflejar cuál es la raíz del problema: “El derecho trata a las mujeres como los hombres ven y tratan a las mujeres”.

““El derecho trata a las mujeres como los hombres ven y tratan a las mujeres”“

Dado que los jueces nacen y se educan en la misma sociedad que el resto de profesionales, “no son inmunes a la estereotipia”,  un acto social que se construye mediante la observación y que a menudo se integra en la percepción “sin que seamos conscientes” de ello, explica Poyatos.

La jueza recuerda, además, que la estereotipación de género institucional es una cuestión de Derechos Humanos identificada como una forma de discriminación en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en el Convenio de Estambul y también en otras herramientas internacionales.

El caso de Ángela González o el de ‘La Manada’

En España, hay sentencias que reflejan hasta qué punto la llamada “justicia patriarcal” puede atentar directamente contra las mujeres. 

El caso más reconocible es el de Ángela González, una víctima de violencia machista que, después de haber presentado 51 denuncias ante juzgados y comisarías contra su exmarido, pidió a la justicia que prohibiera las visitas sin vigilancia entre su agresor y la hija que ambos tenían en común por temor a que también pudiese hacerle daño a ella. Sin embargo, su petición no fue atendida y la pequeña, de siete años, fue asesinada por su padre en 2003. 

“¿Por qué no creyeron a Ángela? Aún existen muchos prejuicios sobre que las mujeres mienten para dañar a sus exparejas, y que un maltratador puede ser un buen padre. A Ángela le costó 15 años de su vida poder demostrar que la justicia española le había fallado y no había cumplido con su deber de protegerlas de la violencia a ella y a su hija”, comenta la abogada Viviana Waisman, presidenta de Women’s Link Worldwide, una organización internacional que lucha por los derechos de las mujeres y las niñas, y que llevó el caso de Ángela González ante el Comité CEDAW de Naciones Unidas.

Antes y después de este caso que obligó al Tribunal Supremo a reconocer su error, otras sentencias han alarmado a quienes ven con claridad que la Justicia necesita una revisión profunda.

En 2016, el juzgado de violencia de género de Vitoria preguntó a una mujer que había presentado una denuncia por malos tratos y abusos sexules si “cerró bien las piernas” y en 2017 la Audiencia de Cantabria no apreció violencia en el abuso sexual continuado a una niña de 5 años porque ella “no opuso resistencia”. En este último caso, los jueces, al no considerar que hubiese una agresión sexual, optaron por reducir la pena del procesado.

Entre las sentencias recientes, la que más ha resonado es la de ‘La Manada’, el caso que hizo visible ese desdoblamiento entre abuso y agresión sexual.

El pasado mes de abril, la Audiencia Provincial de Navarra dictó sentencia y en ella se emitió un voto particular que despertó la indignación social: un magistrado vio en los hechos a cinco varones y una mujer practicando “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo”. Meses después, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra contenía otro voto particular de dos magistrados que, en cambio, hablaban de “un grado de humillación y menosprecio para la víctima superior al que tiene lugar en toda violación”.

La discrepancia entre lo que ven unos magistrados y otros demuestra que “el derecho es una goma elástica” que se puede estirar más allá de lo que digan las leyes, como asegura Juana María Gil, catedrática de Filosofía del Derecho por la Universidad de Granada.

Si los jueces hubieran tenido formación de género, el caso de ‘La Manada’ desde el principio se hubiera entendido como violación”, opina Gil, que considera que solo a través de esa vía, la educativa, se puede acabar con los estereotipos e impedir que siga llevándose a cabo una “revictimización de las mujeres”.

““Si los jueces hubieran tenido formación de género, el caso de ‘La Manada’ desde el principio se hubiera entendido como violación”“

La clave: formación dirigida a todos los operadores jurídicos

El primer paso es que los jueces y juezas se formen en género desde que inician la carrera y continúen haciéndolo durante todo el desarrollo profesional, pero también es necesario -insisten las entrevistadas- que esa base llegue a todos los operadores jurídicos, no exclusivamente a los magistrados.

“En la detección de la violencia de género intervienen muchos agentes e instituciones: médicos, policía, equipos psicosociales, jueces y juezas… Es una cadena en la que, si falla un eslabón, puede haber un desenlace fatal para la mujer que sufre la violencia”, argumenta Waisman.

Actualmente, Women’s Link y la Asociación de Abogadas para la Igualdad están llevando un caso contra un psicólogo forense de la administración de justicia en Asturias que, “por sistema”, considera que los testimonios de las mujeres a las que evalúa “no son creíbles”, revela esta reconocida abogada estadounidense.

“Esos informes psicológicos tienen un peso muy relevante a la hora de que el juez o la jueza determinen medidas de protección, régimen de visitas de los hijos o hijas y decidan continuar con el proceso o archivar las causas”, sostiene.

Sobre este mismo asunto, Gil añade que, incluso, habría que garantizar una “formación transversal” básica a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado; a los maestros y profesores y, “por supuesto”, a los políticos y a los medios de comunicación. 

Primera edición del curso en perspectiva de género para jueces

“Yo blindaría la infraestructura de género, porque nos ha costado mucho trabajo poder montar la poca que tenemos. Y hasta que no garantizara que el concepto ‘género’ como categoría técnica ha traspasado los poros del entramado jurídico político no levantaría el pie del acelerador”, subraya la catedrática de Filosofía del Derecho, convencida de que uno de los grandes “retos” para España es, precisamente, “aprender y aprehender la perspectiva de género”.

Con ella coincide también Auxiliadora Díaz, magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, quien coordina la primera edición del curso en perspectiva de género que se está impartiendo a jueces a nivel nacional.

“Ahora todo juez que quiera pasar a una especialidad necesita pasar por el curso de formación obligatoria en perspectiva de género, donde se pone en conocimiento toda la normativa internacional”, explica Díaz, que también forma parte del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial. 

La jueza precisa que, por el momento, ni siquiera se exige una formación concreta en género para acceder a un juzgado de violencia sobre la mujer, aunque confía en que pronto cambien los requisitos.

“Nuestro Tribunal Supremo ya se ha puesto las gafas lilas y ya tiene perspectiva de género, pero hay que implementarla de arriba hacia abajo porque el problema se encuentra en las capas medias de la Justicia”, puntualiza Díaz, que siente que el poder judicial está “poniéndose las pilas”. También hay optimismo en sus palabras cuando describe el “interés” y el “compromiso” que ve en la mayor parte de los jueces que ya han realizado ese curso pionero en España.

““Nuestro Tribunal Supremo ya se ha puesto las gafas lilas”“

Reformar la Constitución y el Código Penal

No obstante, la magistrada y coordinadora del mencionado curso, reconoce que “queda mucho por hacer” y, al igual que Poyatos, Gil y Waisman, ve necesario implementar todos los puntos del Convenio de Estambul, reformar la Constitución y revisar el Código Penal. 

Este último, aprobado en 1996, establece una pena de prisión de tres meses a un año para los delitos de revelación de imágenes íntimas de una persona y, en cambio, una pena de tres a cinco años para la revelación de secretos industriales. 

“¿Por qué se reprocha más difundir un secreto mercantil que la foto de tu exnovia desnuda?”, se pregunta Poyatos, mencionando casos en los que el sexting ha sido utilizado como forma de violencia contra la mujer. 

“En definitiva lo que pedimos se llama igualdad efectiva ciudadana y requiere un nuevo derecho porque la plantilla de lo humano ya no es un ‘BBVA’ -Blanco Burgués Varón Adulto-, son también mujeres que tienen reivindicaciones e intereses propios y legítimos a su sexo e humanidad. No nos vale lo que había, hay que hacer otra cosa”, añade Gil, que considera que la situación hay que arreglarla de raíz, y no con medidas puntuales y parciales a las que ella denomina “betadine jurídico.”

Y recuerda también la catedrática la obligación que tiene España de cumplir su compromiso con el principio jurídico del gender mainstreaming, un concepto traducido a menudo como “transversalización de género” y que de forma genérica hace referencia a una estrategia asumida por las grandes organizaciones y asociaciones internacionales -incluída la Unión Europea- para hacer frente a la brecha social entre mujeres y hombres.

El poder judicial va “por buen camino”

A las reivindicaciones de las cuatro profesionales se suma otra no menos importante, la que tiene como meta alcanzar la igualdad dentro de la cúpula judicial, donde la presencia femenina continúa siendo escasa, a pesar de que la carrera es mayoritariamente femenina: en el Tribunal Supremo hay 12 magistradas de un total de 80 integrantes, y en el Constitucional solo ha habido 6 mujeres de un total de 64 personas desde que se creó en 1980.

Sin embargo, Poyatos, Díaz, Gil y Waisman prefieren quedarse con lo positivo, es decir, con los avances que se han logrado en los últimos años, que reflejan -recalca Díaz- que el poder judicial va “por buen camino”.

“Cada vez más gente está pendiente de la actuación de la justicia y se habla más de las sentencias discriminatorias, como en el caso de ‘La Manada’. En general, tengo la sensación de que las nuevas generaciones, especialmente las mujeres, no vamos a permitir dar ni un paso atrás en la protección de nuestros derechos”, concluye Waisman.


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