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marzo 14, 2019

“Estas decisiones de la Corte Constitucional dan tranquilidad”: Patricia Linares


La presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aseguró que no sólo brindan seguridad jurídica a la JEP, también dan garantías del debido proceso. Además, resaltó que quedó claro que los los jueces de la JEP que tengan el encargo de tramitar las garantías de no extradición pueden practicar pruebas.

Después de que la Corte Constitucional tomara decisiones trascendentales sobre la Ley de Procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la presidenta de esta corporación, Patricia Linares, dio un parte de tranquilidad y aseguró que con ellas se brinda seguridad jurídica a la JEP y garantías plenas del debido proceso.

“Estas decisiones dan tranquilidad a los comparecientes, a los jueces, a la sociedad, pero, principalmente, a las víctimas, en la medida en que cada vez se allana más el camino para lograr la plena realización de esos principios constitucionales”, afirmó Linares.

El miércoles en la noche, el Alto Tribunal definió algunas de las reglas de funcionamiento de la JEP. Por un lado, tumbó la sala especial para militares, con el argumento de que este artículo se introdujo en el Congreso a última hora, en la Plenaria del Senado por insistencia del Centro Democrático. Según la Corte, no fue debidamente estudiado o discutido y, en consecuencia, debe ser eliminado de la norma.

Con respecto a este punto, Linares explicó que “no hay ausencia de una sala especial para tratar los temas relacionados con agentes del estado”. Por el contrario, existe la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, que desde enero del año pasado ha cumplido con su trabajo.

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Por otro lado, frente a la decisión de aceptar que la JEP practique y evalúe pruebas para los casos de extradición, la magistrada afirmó que se deja completamente aclarado el tema: “La Corte deja zanjada esa discusión, en el sentido de dejar claramente expresado que los jueces de la JEP que tengan el encargo de tramitar las garantías de no extradición pueden practicar pruebas”.

Para Linares, este ha sido “un debate supremamente intenso” que, a su juicio, no tendría que haberse dado, pues, como jueces de la República que hacen parte de una Corte, están sometidos a los mismos regímenes disciplinarios, penales y a las mismas condiciones que implica tener esa investidura.

“Los jueces, concretamente los magistrados, se atienen al mandatos constitucional y legal. Es un principio universal que no puede ser distinto. Para tomar decisiones, los jueces deben sustentarlas en pruebas, que obviamente deben practicarlas”, insistió.

Este punto es muy importante porque deja sin piso a dos de las seis objeciones de la ley Estatutaria que el presidente Iván Duque Márquez presentó el domingo pasado. La presidenta de la JEP aseguró, además, que el “Ejecutivo está en su derecho de desplegar las estrategias que considere pertinentes para compartir los motivos que le dieron origen a la decisión del presidente Duque”.

Cabe recordar que esta decisión crucial de la Cortr, en la que modificó varios de los puntos de la ley promovidos por el Centro Democrático, se da luego del estudio de una demanda que presentaron la Comisión Colombiana de Juristas y Dejusticia. Allí, los juristas plantearon que las modificaciones del partido del presidente Duque iban en contra de la Constitución y de la naturaleza del Acuerdo de Paz.

FUENTE: EL ESPECTADOR

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