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agosto 24, 2018

Un debate espinoso sobre abuso sexual


El fallo de la Corte Suprema que absolvió a un hombre que dejó embarazada a una menor de 12 años abrió polémica. Conciencia de los actos y protección a menores, dos ingredientes de la discusión.

La realidad del abuso sexual a menores de edad en Colombia es aterradora. De acuerdo con Medicina Legal, hasta el 31 de julio se habían realizado 13.181 exámenes por casos de presunto delito sexual, de los cuales más de 11.000 se registraron en menores entre 0 y 14 años. La Fiscalía, además, abrió en una semana 961 denuncias por delitos sexuales y lleva 25.788 en el año para tratar de encontrar a los responsables y llevarlos ante la justicia. El panorama se complica aún más si se tiene en cuenta el bajo nivel de denuncia que tiene Colombia frente a este tipo de casos.

Pero otra dificultad acaba de quedar en evidencia como consecuencia de un fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre un caso de acceso carnal con menor de 14 años. La decisión, inevitablemente, obliga a hacerse una pregunta que puede resultar chocante desde el lado del denunciante, pero que es una realidad a la que se enfrentan los operadores de justicia: ¿Qué pasa cuando las víctimas aparentan más edad de la que realmente tienen?

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Andrea* tenía 12 años. Le gustaban la rumba y salir con amigos. Vivía en Arauca con su mamá y más de una vez se voló de casa para ir a una discoteca local. Allí conoció a Deiver Ojeda Ojeda, un taxista, al que le dijo que tenía 17 años. La mentira parecía creíble pues, desde que tenía nueve y se desarrolló, su fisionomía no era la de una niña, aparentaba más edad. De una noche de baile empezó una especie de relación. Él la llevó varias veces a su casa y le hacía carreras a sus amigos del colegio.

Ahora Andrea es la protagonista de un proceso judicial que llegó hasta la Corte Suprema de Justicia y que dejó en claro algunas pautas que peritos y jueces deben tener en cuenta a la hora de investigar y estudiar. ¿La razón? Es posible que un hombre haya tenido relaciones con una menor de 14 años y hasta provocar un embarazo sin saber la edad real de la niña. Y así, aunque el hecho sucedió, el implicado no necesariamente es culpable.

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La historia se remonta a noviembre de 2010, cuando Andrea fue llevada por su mamá al hospital local con fuerte dolor abdominal. Era un aborto en marcha, dijeron los médicos. La sorpresa de su progenitora fue evidente. Su hija apenas tenía 12 años. El hospital llamó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y a las autoridades, pues Andrea habría sido víctima de un acceso carnal. Las preguntas llegaban de todos lados y Andrea, en esas primeras versiones, nombró a Deiver como el padre del bebé.

Deiver llegó a la clínica y le preguntó qué había pasado. Dos años después, en marzo de 2012, fue capturado y se inició un proceso judicial en su contra. Primero fue absuelto por un despacho judicial en mayo de 2015, pero luego fue condenado a 16 años de prisión por el Tribunal Superior de Arauca en agosto siguiente. Según el tribunal, había suficientes pruebas para comprobar que era la persona que había sostenido relaciones sexuales con la menor, a pesar de que Andrea luego aseguró que lo había nombrado porque fue la primera persona que se le vino a la cabeza, pues no “tenía a quién más echarle la culpa”. Para el tribunal era claro que la menor realmente intentó “salvar” al taxista y lo condenó.

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Pero la defensa de Ojeda recurrió a la Corte Suprema y el caso dio un giro de 180 grados. Que realizó la conducta no hay duda, pero ese sólo hecho no es suficiente para encontrarlo culpable y condenarlo, ya que no actuó con dolo, con intención, a sabiendas de que estaba cometiendo un delito. El llamado de atención a las autoridades es claro: no valorar todos los testimonios de manera adecuada llevó a la cárcel a una persona.

Lo primero es que la menor aparentaba más edad de la que tenía biológicamente, se avergonzaba de revelar su verdadera identidad, acostumbraba a decir que era mayor, y le dijo al acusado que tenía 17 años. Por eso, la Corte valoró los testimonios de Andrea, de su mamá e incluso de sus amigos. “Sí, mi hija aparenta mayor edad. El cuerpo de ella está bastante desarrollado, es alta para tener la edad que tiene, muy acuerpada. Ella le podría haber dicho la edad que quisiera, porque aparenta más edad”, dijo su progenitora.

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Andrea agregó: “La verdadera edad no se la dije”. Reconoció que pretendió tener 17. “Yo siempre he sido grandecita. Es que yo me desarrollé a los nueve años y ya era grandota”. “Él se enteró cuando me pasó lo del aborto”, agregó la menor, quien reveló a los investigadores que inició su vida sexual con tan sólo diez años. A estos testimonios se suman los de sus amigos, que concretaron que iban seguido a la discoteca en la que se conocieron y que aparentaba ser mayor.

“Ningún elemento de juicio permite deducir que Deiver Ojeda conocía que (…) tenía 12 años de edad cuando sostuvieron relaciones sexuales. Por el contrario, todas las pruebas refieren que la joven ocultó su verdadera edad (…) La falta de conocimiento de la edad descarta que hubiera cometido con dolo la conducta típica de acceso carnal abusivo con menor de 14 años”, concluyó la Corte, y, en consecuencia, absolvió a esta persona y ordenó su libertad inmediata.

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A propósito de este fallo, El Espectador consultó a Carlos Ballesteros,presidente de la Confederación Nacional de Padres de Familia, quien dijo que, aunque el fallo debe respetarse, no lo comparte. “¿Se puede ocultar tanta diferencia de edad? No me cabe en la cabeza que una niña de 12 años ya alcance a dimensionar los riesgos de una relación, consentida o no. Ahí hay un problema de fondo”. Por otro lado, el abogado Francisco Bernate explicó que este es un caso más común de lo que parece. “Nadie puede ser castigado si no tiene plena conciencia de sus actos. Ese señor no sabía que lo estaba cometiendo”, observó.

Para Bernate, sin embargo, el debate sí puede ir hacia otro lado, debido al aumento de la conciencia social en contra de los abusos sexuales a menores. “La brecha en donde se le dice a la persona ‘usted no sabía’ se está subiendo a ‘usted debió saber’. La Corte ratificó que tiene que saber”, puntualizó.

FUENTE: EL ESPECTADOR


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